Categorías
Normativa

Sistemas anticaídas en escalas fijas: ¿obligatorios?

 

Escala fija
© Héctor del Campo – www.verticevertical.com

Las escalas fijas de servicio —o «escaleras de gato»— son estructuras metálicas fijadas de manera permanente que permiten el acceso ocasional a tejados, pozos, silos, antenas, torres de refinerías de petróleo, chimeneas y otras zonas de acceso restringido. Su uso suele plantear ciertas dudas relacionadas con la prevención de caídas en altura. ¿Debe utilizarse algún sistema anticaídas complementario o es suficiente por sí sola la protección circundante que deben incorporar obligatoriamente?

En primer lugar conviene recordar que el uso de escalas fijas está regulado por el RD 486/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Entre otros requisitos, este RD establece que las escalas fijas que tengan una altura superior a 4 metros dispondrán, al menos a partir de dicha altura, de una protección circundante. Esta medida no será necesaria en conductos, pozos angostos y otras instalaciones que, por su configuración, ya proporcionen dicha protección (anexo 1, párrafo 8.4).

También indica que para alturas superiores a 9 metros deben instalarse plataformas de descanso cada 9 metros o fracción, si bien no obliga a interrumpir la escala: estas pueden colocarse, por ejemplo, en un lateral.

La pregunta que cabe hacerse aquí es, ¿es suficiente la protección ofrecida por la “jaula”?

Este sistema de protección tiene ventajas e inconvenientes:

Ventajas:

  • Permiten al usuario descansar durante el ascenso/descenso apoyando la espalda en los propios aros
  • Tienen un efecto psicológico positivo en cuanto que el usuario se siente más protegido.
  • En algunas caídas la protección ofrecida puede ser suficiente: caídas hacia atrás con los pies apoyados en los peldaños.

Inconvenientes:

  • Protección ineficaz en muchos tipos de caídas.
  • Los propios aros pueden producir mutilaciones.
  • No permiten llevar una mochila a la espalda o una bolsa en bandolera. En algunos casos el efecto rebote al engancharse la bolsa/mochila puede hacernos perder el equilibrio.
  • Dificultan el rescate. En caso de accidente, el rescatador debe situarse por encima del accidentado, lo que puede obligarle a tener que salir de la jaula.

El estudio más completo publicado hasta la fecha, Preliminary investigation into the fall arresting effectiveness of ladder safety hoops (David Riches) no deja lugar a dudas: los aros instalados en las escalas fijas de servicio no ofrecen una protección contra caídas suficiente y deberían complementarse con la instalación de sistemas anticaídas normalizados. Puedes leer el estudio íntegro aquí (en inglés).

Escalera de gato

Ahora bien, el citado RD 486/97 no obliga a la incorporación de sistemas anticaídas en este tipo de estructuras. Es más, ni siquiera menciona esta posibilidad. Esto puede llevarnos a pensar que no es necesario, pero si miramos más de cerca otros dos referentes normativos/legislativos veremos que esto no es exactamente así.

El primero, la NTP 408 (escalas fijas de servicio), en su apartado denominado “Sistemas de protecciones personales anticaídas” establece que “su instalación y uso deberá ser obligatorio en todas las escalas fijas”.

Escalera de gato
Dimensiones recomendadas por la NTP 408

Es más, relaciona los sistemas anticaídas concretos que deben ser instalados: dispositivos retráctiles o líneas de anclaje verticales —líneas de vida— rígidas o flexibles, contemplados ambos en la UNE-EN 363.

Si bien las NTP elaboradas por el INSHT no tienen carácter vinculante (al contrario de los reales decretos) sí que profundizan en aspectos técnicos que mejoran claramente la seguridad y por tanto deben ser tenidas muy en cuenta a la hora de realizar la valoración de riesgos.

El segundo referente legislativo, sin duda el más importante, no es otro que la propia Ley 31/95 o Ley de Prevención de Riesgos Laborales. A través de de su Artículo 16: Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva, establece que el empresario debe evaluar los riesgos y a adoptar las medidas necesarias para eliminarlos si es posible, y si no es así, minimizarlos y controlarlos. En el caso de las escalas fijas de servicio queda claro que sí es posible minimizar el riesgo de caída a distinto nivel —recordemos que la jaula por sí sola no impide una caída—, así que, ¿por qué no hacerlo?

Referentes normativos y legislativos consultados

NTP 408

RD 486/97 

Ley 31/95

UNE-EN 363

También te puede interesar

retro

Por Héctor del Campo

Supervisor IRATA L3, supervisor, instructor y examinador ANETVA. Soy consultor externo y actualmente trabajo como supervisor IRATA en proyectos de eólica marina de reparación de palas.

5 respuestas a «Sistemas anticaídas en escalas fijas: ¿obligatorios?»

Saludos en una empresa de instalaciones eléctricas se esta trabajando con escaleras telescópicas marca Arizona,arisafe 2, en apoyos de hormigón con la cimentación perfecta según normativa, esta escalera se afianza al poste según instrucciones del fabricante con una cuerda estática, y dicha escalera dispone de línea de vida que usa el trabajador.
Hemos realizado pruebas de ascenso y descenso a un apoyo de hormigón con ángulos de trabajo de la escalera de 85-90 grados de inclinación y así evitamos el pandeo de la escalera cuando la altura es de mas de 9 metros.
sería valida esa forma de trabajo, ya que la norma EN 131-6 no especifica el ángulo de trabajo en escaleras extensibles, y siempre se usaría línea de vida y cabo de posicionamiento a la hora de anclarse al punto de trabajo.
En los videos de la empresa Arizona se trabaja con ángulos de 65,75 grados.

https://www.escalerasarizona.com/producto/seguridad-electricos/

Buenos días,

Escribo este correo para realizar una consulta. Tenemos una escala fija de 3 m con protección circundante. Siguiendo las indicaciones de la NTP 408 todas las escalas fijas deben disponer de línea de vida pero me gustaría saber si a nivel práctico existe alguna altura mínima para la cual no tenga demasiado sentido la instalación de dicha línea de vida.

Un saludo,

Muchas gracias por la información. Pero me surge una cuestión que plateo:
La combinación de la protección circundante y la utilización de un sistema de protección anticaídas, como por ejemplo una línea de anclaje rígida, está desaconsejada por la norma UNE 14122-4 porque no se puede garantizar la efectividad de este último sistema. ¿Hay en el mercado escalas ensayadas y certificadas para garantizar la eficacia del sistema de protección anticaídas junto con la protección circundante?.
Muchas gracias de nuevo.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.